10 de outubro de 2024
Política De Prevención Al Lavado De Dinero
1 Objetivo
1.1 Alcance
1.2 Alteraciones realizadas
2 Definiciones, terminología y siglas
3 General
3.1 Directrices
3.1.1 Obligaciones
3.1.2 Señales de Alerta
3.1.3 Incumplimiento
4 Responsabilidades, excepcionalidades y disposiciones generales
5 Referencias
1 OBJETIVO
1.1 Alcance
Este documento se aplica a las unidades de negocio de AMAGGI en Brasil y en el exterior.
1.2 Alteraciones realizadas
Nueva política.
2 DEFINICIONES, TERMINOLOGÍA Y SIGLAS
Lavado de dinero: La Ley nº 9.613, del 03 de marzo de 1998, que fue alterada por la Ley nº 12.683, del 09 de julio de 2012, que dispone sobre los crímenes de “lavado” u ocultación de bienes, derechos y valores, trae la definición de tal delito en su artículo 1º, como siendo el acto de ocultar o disimular la naturaleza, origen, localización, disposición, transferencia o propiedad de bienes, derechos o valores provenientes, directa o indirectamente, de infracción penal.
En efectivo: Es el dinero en billetes y monedas. También podemos nombrarlo billete en papel, numerario o papel moneda.
3. GENERAL
El lavado de dinero representa una gran amenaza al desarrollo de la sociedad porque, por detrás de la acción, pueden existir diversos otros delitos, tales como la corrupción, el tráfico de estupefacientes, juegos ilegales, evasión fiscal, pago de secuestros, grandes robos y el contrabando de mercaderías, entre otros.
3.1. Directrices
Es obligación de AMAGGI conducir los negocios con ética e integridad y cumplir la legislación vigente. Por lo tanto, los colaboradores están prohibidos de participar en cualquier actividad que se configure como tal o colabore con el lavado de dinero.
De esa forma, es obligación de todos prevenir, combatir y prohibir cualquier actividad relativa al lavado de dinero. Así que, todos los pagos deben tener origen definido, claro, comprobado y rastreable.
Por esa razón, se veda terminantemente la realización de pagos en efectivo a los aliados de negocios, excepto para la utilización de título de fondo fijo de caja y cuya reglamentación se da por procedimiento específico establecido por la compañía. Aunque el pago en efectivo de por sí, no configure un acto ilícito, tal prohibición tiene por objetivo la protección de AMAGGI contra cualquier eventualidad, y todos deberán observarla.
3.1.1 Obligaciones
Principalmente en el ejercicio de funciones relativas a la negociación, pagos, recibos, actividades comerciales y financieras, todos deben atender a las siguientes directrices:
- No realizar operaciones de cualquier tipo con recibos de dinero en efectivo (con excepción de las operaciones permitidas en la política específica);
- No realizar cualquier operación comercial o financiera que no sea transparente y justificada;
- No realizar operaciones con personas o entidades que no puedan comprobar el origen del dinero involucrado;
- No realizar transferencia de recursos por medio de cuentas corrientes anónimas o vinculadas a titulares ficticios;
- Reportar a su superior inmediato siempre que surja una (o más) señal(es) de alerta, según ítem 3.1.2;
- Si hay sospecha de violación de ese procedimiento, comunicar inmediatamente al departamento de Compliance o usar el Canal Confidencial de AMAGGI.
3.1.2 Señales de Alerta
En el ámbito de las relaciones con entes públicos, las tratativas de AMAGGI con gobernantes, agentes públicos, autoridades públicas, agencias reguladoras, entre otras, deben estar basadas en la transparencia y en la ética, para que se aseguren relaciones íntegras y sostenibles.
AMAGGI no acepta la práctica ni cualquier acto que configure delito o ponga en riesgo su imagen o su conducta, especialmente en cuanto a situaciones que puedan configurar los delitos de lavado de dinero, financiación del terrorismo, competencia desleal, corrupción y otras prácticas delictivas semejantes.
En el ejercicio de sus funciones, todos los colaboradores deben estar atentos por si surgen algunas señales que demanden un mayor cuidado, antes de la aprobación o conclusión de las actividades. En esta Política, se las identifican como “señales de alerta” y se las deben comunicar inmediatamente, cuando surjan, al superior y/o al departamento de Compliance. Son ellas:
a) Estructuras de contratación atípicas o extremamente complejas;
b) Fraccionamiento del servicio en diversas etapas, sin ninguna ventaja aparente;
c) Pagos en efectivo u oriundos de cuentas no identificadas, ya sea en Brasil o en el exterior;
d) Resistencia al suministro de informaciones necesarias para el inicio de la relación o para la actualización de registro, ofrecimiento de información falsa o prestación de información de difícil u onerosa verificación;
e) Solicitud de no observancia o actuación en el sentido de inducir colaboradores a no seguir los procedimientos reglamentares o formales para la realización de una operación;
f) Información de igual dirección residencial o comercial de parte de diferentes personas naturales, sin demostración de la existencia de relación familiar o comercial.
Los colaboradores que actúen a nombre de la compañía ante instituciones públicas deben conocer y observar cuidadosamente el tenor de la legislación que trata de corrupción, lavado de dinero y libre competencia, lo que evita incurrir en situaciones que puedan venir a caracterizarse como infracciones a esas normas.
3.1.3 Incumplimiento
El incumplimiento de las directrices de ese procedimiento podrá considerarse desviación de conducta y lo analizará el departamento de Compliance y el Comité de Ética y Conducta de AMAGGI.
4 RESPONSABILIDADES, EXCEPCIONALIDADES Y DISPOSICIONES GENERALES
Todos los colaboradores son individualmente responsables de asegurar el cumplimiento del documento en complementariedad al Código de Ética de AMAGGI y a las legislaciones y reglamentaciones vigentes.
Cualquier incumplimiento de las directrices aquí descritas se deberá reportar a través del Canal Confidencial de AMAGGI en el 0800 647 0004 o en el site https://canalconfidencial.com.br/amaggi.
Es de responsabilidad de los gestores inmediatos garantizar que su equipo reciba la orientación necesaria para atender a los requisitos de este documento.
5. REFERENCIAS
- Ley nº 9.613/98, que dispone sobre los crímenes de “lavado” u ocultación de bienes, derechos y valores.
- Legislación Anticorrupción Ley 12.846/13 y su decreto 11.129/22
- FCPA (Foreign Corrupt Practices Act)
- UKBA (United Kingdom Bribery Act)
- PG-0016 – Política de Integridad de AMAGGI
- Código de Ética y Conducta de AMAGGI.